PLAN RENHATA
La Generalitat, en su especial interés sobre la mejora en la calidad de vida de la ciudadanía, viene formulando diversas políticas entre las que son de gran relevancia las dirigidas a la mejora de las condiciones de las viviendas.
La vivienda, elemento estrechamente ligado a la salud y desarrollo de los ciudadanos, ha de ser objeto de especial atención en cuanto a la promoción de actuaciones que faciliten su conservación y su adecuación a las circunstancias especiales que puedan presentar sus ocupantes.
Presentación solicitudes: Desde el 01 de febero de 2023 hasta el 02 de mayo de 2023.
Plazo de justificación: 6 meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.
Objetivo
El objetivo del Plan Renhata es facilitar la intervención en el interior de las viviendas, para mejorar su estado de conservación, especialmente en cocinas y baños, y mejorar la accesibilidad en toda la vivienda.
destinatarios
- Propietarios
- Usufructuarios
- O arrendatarios
De una vivienda situada en la Comunidad Valenciana.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CONDICIONES DE LA REFORMA
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Tipología 1:
Reforma de los cuartos húmedos (cocinas, baños, aseos, lavaderos) para adecuarlos a las condiciones actuales de habitabilidad y sostenibilidad.
- Tipología 2:
Reforma de la vivienda para adaptarla a personas con diversidad funcional y movilidad reducida. Ampliación de espacios de circulación, cambio de puertas, instalación de señales acústicas o luminosas.
- Tipología 3:
Instalación de sistemas integrados de domótica, que mejoren la accesibilidad y la autonomía en el uso de la vivienda, a personas con diversidad funcional y movilidad reducida.
CONDICIONES DE LA REFORMA
Las obras pueden estar en estas tres fases:
- Terminadas – con fecha posterior al 6 de abril de 2022.
- En proceso – iniciadas con fecha posterior al 1 de enero de 2022.
- Pendientes de iniciar.
CONDICIONES DE LA VIVIENDA
La vivienda debe tener una antigüedad superior a 20 años, excepto para actuaciones de adaptación de la vivienda para personas empadronadas en dicha vivienda con diversidad funcional con grado de discapacidad >33% o mayores de 70 años.
Debe ser residencia habitual y permanente de su propietario/a, inquilino/a o usufructuario/a. (Empadronamiento con anterioridad a la solicitud de la ayuda).
PRESUPUESTOS PROTEGIBLES
- Mínimo 2000 €, excepto en actuaciones de adaptación de viviendas para personas con un grado de discapacidad 33% o mayores de 70 años.
- Máximo 12.000 €, con independencia del presupuesto real de las obras que puede ser mayor.
- El presupuesto puede incluir el coste de las obras, los honorarios de los profesionales, y las tasas e impuestos.
TIPO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
- Una subvención básica, para los solicitantes que cumplan los requisitos y aporten la documentación requerida, del 5 % del presupuesto protegible de la obra con un máximo de 600 €.
- Una subvención adicional primera, en función de los puntos obtenidos en la baremación de las solicitudes, con los porcentajes y las cuantías máximas indicadas.
- Una subvención adicional segunda, en función de los puntos obtenidos para las actuaciones que cumplen con los criterios de sostenibilidad, con los porcentajes y las cuantías máximas indicadas.
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